Bienvenido/a, María
Conjunto Residencial Nueva Andalucía · Reglamento aprobado 01/10/2015 · Última modif. Art. 22 — JGE 14/05/2025
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Disponibilidad en tiempo real
🎾 Pista de Tenis
Título V del Reglamento de Régimen Interior · Arts. 20–28
Disponibilidad semanal
Mis reservas de tenis
Normas oficiales de uso
Arts. 20–28 RRI
- 20Art. 20La utilización de esta zona es para la práctica exclusiva del deporte del tenis.
- 21Art. 21El uso es exclusivo para miembros de la comunidad. Se permite el acceso a personas ajenas siempre acompañadas de al menos un miembro de forma permanente. No se podrá utilizar durante el horario de descanso (15:00–17:00).
- 22Art. 22 ✏️ Modificado JGE 14/05/2025La reserva se realizará en el estadillo correspondiente, pudiendo efectuarse a partir de las 23:00 h del día anterior al que se vaya a utilizar la pista. El inicio de la práctica coincidirá con la hora reservada.
- 23Art. 23Cada persona solo podrá reservar 1 hora en individuales o 2 horas consecutivas en dobles. Si la pista está libre, se puede usar sin reserva.
- 24Art. 24En la reserva se anotará nombre, primer apellido, bloque y piso del propietario/jugador que realiza la reserva.
- 25Art. 25Quien anote la reserva debe ser necesariamente uno de los jugadores miembro de la comunidad que vaya a usar ese tiempo.
- 26Art. 26En campeonatos organizados por la Comunidad General, cada partido tendrá una reserva de dos horas como medida excepcional.
- 27Art. 27Si en los primeros 10 minutos del tiempo reservado no se presenta ningún jugador, la pista se considera libre.
- 28Art. 28Solo podrá usarse calzado deportivo apropiado para la práctica del tenis.
⚽ Pista Polideportiva
Título IV del Reglamento de Régimen Interior · Arts. 18–19
Disponibilidad semanal
Mis reservas polideportiva
Normas oficiales de uso
Arts. 18–19 RRI
- 18aArt. 18aUso exclusivo para miembros de la comunidad. Personas ajenas solo pueden acceder acompañadas permanentemente por al menos un miembro.
- 18bArt. 18bEl horario de uso de invitados es a partir de las 21:00 hasta la hora de descanso.
- 18cArt. 18cFuera de ese horario, invitados solo en celebraciones vinculadas a reserva del salón social, previa autorización de la Presidencia, con un máximo de 1 hora.
- 18dArt. 18dProhibido dar pelotazos hacia una sola portería o de fondo a fondo de la pista.
- 18eArt. 18e–gReserva en el estadillo correspondiente, el mismo día de juego. Cada miembro solo puede reservar 1 hora al día. Se anotará nombre, apellido, bloque y piso.
- 18hArt. 18hSi en los primeros 10 minutos no se presentan los jugadores reservantes, la pista queda libre.
- 19Arts. 18i / 19No se puede utilizar en horario de descanso: 15:00–17:00 ni de 23:00 a 09:00 del día siguiente.
🏛️ Salón de Actos
Título VI del Reglamento de Régimen Interior · Art. 29
Disponibilidad
Mis solicitudes del salón
Normas oficiales de uso
Art. 29 RRI
- aArt. 29aProhibido el uso de 00:00 a 09:00 en verano y de 23:00 a 09:00 en invierno, salvo autorización expresa de la Junta de Propietarios.
- bArt. 29bUso preferente para reuniones de comunidad de los bloques. El Presidente del bloque debe notificarlo al Vicepresidente o Presidente General con al menos 6 días de antelación.
- cArt. 29cLa solicitud se notifica al Vicepresidente/Presidente General, quien entrega las llaves el día anterior. Si el uso es por menores, la solicitud la realiza un padre o tutor, que responde de los daños.
- dArt. 29dLos vecinos están obligados a dejarlo en las mismas condiciones de limpieza y salubridad. Cualquier anomalía preexistente debe comunicarse al inicio del uso.
- eArt. 29eSi al inicio del uso se aprecia algún daño, debe comunicarse inmediatamente al Vicepresidente/Presidente General o el usuario queda responsabilizado.
- fArt. 29fEl uso no debe perturbar el descanso ni poner en peligro la convivencia.
- gArt. 29gPuede usarse la zona común aledaña al salón reservado, sin causar molestias. Queda expresamente excluido el recinto de baños.
- hArt. 29hSalvo autorización del Presidente General, queda prohibida la permanencia de personas ajenas consumiendo bebidas o realizando actividades molestas en zonas comunes.
🏊 Piscina
Título III del Reglamento de Régimen Interior · Arts. 9–17bis
Horarios oficiales temporada de baños
Art. 9c–d RRI
📅 Temporada 2026 (Art. 9b: 1 junio – 15 septiembre)
Normas de acceso y uso
Arts. 9–17 RRI
- 9aArt. 9aUso exclusivo para miembros. La Asamblea puede acordar acceso de externos acompañados.
- 10Art. 10Menores de 10 años deben ir acompañados obligatoriamente por un adulto responsable.
- 11Art. 11Prohibido el calzado de calle dentro del recinto de la piscina.
- 12Art. 12Prohibido introducir objetos punzantes, cortantes, de vidrio o cristal.
- 13Art. 13Prohibido el acceso de animales de compañía.
- 17Art. 17Ducharse antes de la inmersión es obligatorio.
Prohibiciones específicas
Art. 14–15 RRI
- 14aArt. 14aProhibidas las pelotas salvo pelotas de plástico hinchable de pequeño tamaño.
- 14bArt. 14bNo se permiten colchonetas ni flotadores grandes. Solo se permiten: churros, manguitos, salvavidas, tabla pequeña.
- 14cArt. 14c-dProhibido correr, saltos de bomba, saltos de cabeza o juegos peligrosos.
- 14eArt. 14eProhibido el uso de sombrillas distintas a las de la Comunidad.
- 14fArt. 14fProhibida la música a alto volumen sin permiso de Presidencia.
- 14iArt. 14iProhibido el uso de jabones, champús, geles personales (riesgo de resbalón y hongos).
- 15bArt. 15bAl cierre diario, no dejar hamacas, sillas ni toallas. No se pueden usar para reservar espacio.
- 15cArt. 15cProhibido arrojar desperdicios al suelo: alimentos, pañales, colillas, cáscaras de frutos secos, etc.
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Aprobación requerida · Art. 29c RRI
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